La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) dio un paso clave para el desarrollo del almacenamiento energético en Colombia al expedir una nueva regulación que crea las bases para la incorporación masiva de sistemas de almacenamiento con baterías (SAEB). Entre las principales novedades, la norma habilita convocatorias para seleccionar inversionistas, quienes podrán desarrollar proyectos estratégicos y acceder a mecanismos de remuneración regulada.
Uno de los aspectos más relevantes de la regulación es que la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) será la encargada de realizar convocatorias para seleccionar los proyectos que se consideren necesarios para el sistema. Los interesados deberán presentar propuestas económicas basadas en un Ingreso Anual Esperado.
Bajo condiciones de libre concurrencia, los inversionistas presentarán sus ofertas técnicas y económicas. El proyecto será adjudicado al proponente que haya presentado la propuesta con el menor valor de oferta económica. Y en caso de que se presente una única oferta, se permite que otros interesados presenten contraofertas por valores menores al publicado, adjudicando el proyecto a quien presente la contraoferta más baja.
Para los proyectos adjudicados a través de las convocatorias de la UPME, el inversionista no solo gana la subasta, sino que debe presentar una Garantía de Cumplimiento para asegurar que instalará el proyecto en las fechas pactadas. Además, es clave mencionar que todo proyecto contará con una Firma de Interventoría independiente, encargada de auditar el cronograma, la calidad de la obra y certificar la entrada en operación comercial. Un incumplimiento grave reportado por el interventor hace que se ejecute la garantía y el agente pierda el proyecto
El avance regulatorio llega en un momento en que el almacenamiento gana protagonismo dentro de la planificación energética colombiana. De hecho, el país ya había incorporado esta tecnología en el diseño de su próxima subasta de contratos de largo plazo, donde se contemplan requisitos específicos para proyectos con capacidad de almacenamiento asociados a fuentes renovables.
¿Cómo podrán operar las baterías en el mercado eléctrico colombiano?
La regulación también establece una clasificación que diferencia tres formas de participación de los sistemas de almacenamiento dentro del mercado colombiano.
Por un lado, aparecen los SAEB como Activos de Red, concebidos como infraestructura destinada a apoyar la operación de los sistemas de transmisión y distribución. Su función será postergar inversiones en redes físicas, gestionar congestiones y contribuir a la estabilidad de parámetros como tensión y frecuencia.
La norma establece reglas estrictas de calidad: los SAEB como activos de red tienen un límite máximo de indisponibilidad de 175 horas anuales. Si superan este límite, o si su indisponibilidad genera Energía No Suministrada (ENS), se les aplicarán compensaciones que se descontarán de sus pagos mensuales
Por otro lado, se crean los SAEB Independientes, definidos como sistemas de almacenamiento con capacidad igual o superior a 5 MW que no comparten activos con plantas de generación.
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Estos proyectos podrán participar directamente en el mercado mayorista mediante la venta de energía y la prestación de servicios complementarios al sistema. Sin embargo, la resolución exige que cualquier SAEB independiente debe celebrar un contrato para ser representado obligatoriamente por un agente generador ya habilitado en el Mercado de Energía Mayorista (MEM).
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) advirtió que esto podría generar barreras de entrada o dependencia competitiva, por lo que la CREG obligó a los generadores a publicar en sus páginas web condiciones objetivas y no discriminatorias para ofrecer esta representación comercial
Además, los SAEB tienen la obligación ineludible de prestar el servicio de Regulación Primaria de Frecuencia, tanto en estados de carga como de descarga. Adicionalmente, pueden ofertar voluntariamente el servicio de Regulación Secundaria de Frecuencia (AGC) para el balance del sistema en tiempo real.
La tercera figura corresponde a los Recursos de Generación Híbridos, modalidad que integra baterías con centrales de generación existentes, como parques solares o eólicos. En estos casos, el almacenamiento opera bajo una misma frontera comercial y permite optimizar la entrega de energía al sistema.
Según explica Hemberth Suárez Lozano, socio fundador de OGE Energy, la importancia de la regulación radica en que crea una ruta concreta para que el almacenamiento participe de manera activa en el sistema eléctrico colombiano bajo diferentes esquemas operativos y comerciales.
“La UPME realizará convocatorias para seleccionar inversionistas. Nace una oportunidad para que inversionistas privados extranjeros participen en el sector eléctrico Colombiano y reciban una remuneración anual”, aseguró Suárez Lozano en diálogo con Energía Estratégica.
Para el especialista, la apuesta regulatoria responde a una combinación de factores que han elevado la relevancia del almacenamiento dentro de la agenda energética nacional. Entre ellos se destacan la reducción de costos tecnológicos, el crecimiento de las fuentes renovables variables y la necesidad de contar con herramientas que aporten flexibilidad y resiliencia a la red eléctrica
Otro de los cambios destacados apunta a los proyectos de menor escala. La regulación simplifica los procedimientos de acceso para iniciativas de Autogeneración a Pequeña Escala (AGPE) y Generación Distribuida (GD) mediante procesos abreviados de conexión y menores exigencias documentales.
Al mismo tiempo, la norma incorpora mecanismos para evitar problemas operativos en zonas con alta penetración de recursos energéticos. Los SAEB independientes deberán solicitar capacidad de transporte bajo las reglas vigentes, mientras que los sistemas superiores a 1 MW deberán contar con tecnología Grid-Forming, capaz de contribuir a la estabilidad de la red incluso en condiciones de debilidad eléctrica.
Asimismo, el Centro Nacional de Despacho (CND) podrá coordinar la operación de carga y descarga de los sistemas de almacenamiento cuando sea necesario para preservar la seguridad y eficiencia económica del sistema.
Con este nuevo marco regulatorio, Colombia busca posicionar al almacenamiento energético como uno de los pilares de la transición energética, creando un mercado con reglas específicas para atraer inversión privada y acelerar el despliegue de baterías en el país.

